Mandato Constituyente 8 Eliminación y Prohibición de Tercerización

Se elimina y prohíbe la tercerización e intermediación laboral y cualquier forma de precarización de las relaciones de trabajo en las actividades a las que se dedique la empresa o empleador. La relación laboral será directa y bilateral entre trabajador y empleador. Se elimina y prohíbe la contrataci...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Pleno de la Asamblea Constituyente
Formato: Legal
Lenguaje:esp
Publicado: Quito: Asamblea Constituyente 2015
Materias:
Acceso en línea:http://biblioteca.defensoria.gob.ec/handle/37000/836
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Descripción
Sumario:Se elimina y prohíbe la tercerización e intermediación laboral y cualquier forma de precarización de las relaciones de trabajo en las actividades a las que se dedique la empresa o empleador. La relación laboral será directa y bilateral entre trabajador y empleador. Se elimina y prohíbe la contratación por horas. Con el fin de promover el trabajo...